Asamblea Anual Ordinaria
Se Demora la Confirmación de la Nueva Fecha
[22/04/2024] El pasado Jueves 4 de Abril la Comisión Directiva del Círculo Criollo El Rodeo anunció a través de un breve comunicado la suspensión de la Asamblea Anual Ordinaria, que había sido convocada para el Sábado 6 de Abril, por no haber incluido en la Convocatoria el Orden del Día a tratar, ya que los Socios tienen derecho a conocer los temas que se van a poner a su consideración, Art. 41 Inc. C) del Estatuto Social.
Hasta el momento aún no se ha confirmado la nueva fecha en que se realizará la reunión.
Dado que la Asamblea fue suspendida 48 horas antes de su realización por un defecto técnico en la Convocatoria es de suponer que ya tenían listo el Balance y la Memoria y, por otro lado, se habían recibido en tiempo y forma las listas que iban a formar parte de la renovación parcial de la Comisión Directiva, por lo tanto no se entiende la demora en confirmar la nueva fecha, más aún cuando se encuentra vencido el plazo establecido en el Art. 38 del Estatuto Social y solo significaba fijar fecha e incluir en la Convocatoria el Orden del Día.
Como sólo es la suspensión de una Asamblea ya convocada para reprogramar su realización, llama la atención que todavía no se haya fijado la fecha, esperemos que sea por motivos administrativos o de disponibilidad de fecha, ya que sería grave si se estuviera especulando con costos o beneficios. Asimismo, y por tratarse sólo de un cambio de fecha, la Comisión Directiva debería informar si se llevará a cabo con el mismo Padrón habilitado para el 6 de Abril o si se utilizará uno actualizado.
Por otro lado hemos visto en las listas presentadas para la renovación de autoridades que se han incluido dos puestos en el Jurado Arbitral, algo que no debería haber sucedido.
Dado que los miembros que fueron elegidos en 2023 tenían mandato por dos años, al producirse una vacante es la Comisión Directiva quien debe cubrirlas de acuerdo al Art. 99 del Estatuto; por lo tanto para mantener la proporcionalidad establecida en el Art. 98 del Estatuto la Secretaría debe solicitar al Apoderado de la única lista presentada en 2023 para que comunique los nombres de los postulados para cubrir las vacantes, en caso de que no hubiera respuesta o se demorara la misma la Comisión Directiva estaría habilitada para nombrar por sus propios medios los reemplazantes para reintegrar el Jurado Arbitral.
Esperamos que en los próximos días la Comisión Directiva notifique la fecha con la anticipación dispuesta en el Art. 38 y podamos conocer el Orden del Día a tratar.
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